Criterios para la publicación de contenido de capacitación en la Plataforma Digital de la Comisión Permanente de Contralores Estados – Federación (CPCE-F)

INTRODUCCIÓN



Dentro del Plan Anual de Trabajo 2026 de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F), la Región Noreste participa con el grupo en materia de Fortalecimiento a la Labor Fiscalizadora y Creación de Capacidades que contempla la Línea de Acción II: Plataforma Digital de la CPCE-F  academiacontralores.mx a cargo de la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Durango, la cual busca fortalecer las capacidades de los servidores públicos que integran cada uno de los Órganos Estatales de Control (OEC).
Su principal interés es fomentar en los servidores públicos el desarrollo de sus capacidades, destreza, habilidades y competencias con la finalidad de ampliar su conocimiento, así como estandarizar procesos y criterios mediante la creación y desarrollo de este sistema nacional de capacitación en materia de auditoría, control interno, ética pública, fiscalización, procedimientos de responsabilidad administrativa por faltas no graves e innovación gubernamental.
En este sentido, los Órganos Estatales de Control (OEC) que oferten cursos de capacitación en el marco de colaboración con la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F), realizados de forma particular por cada OEC o en coordinación con alguna Institución de educación superior u organismo de la sociedad civil, podrán solicitar la publicación de los cursos en la plataforma digital, una vez que se cumplan los requisitos que se indican en el presente documento.

OBJETIVO



Dar a conocer los elementos mínimos indispensables que deberá contener el curso, diplomado y/o seminario, ofertados por los Órganos Estatales de Control, para realizar la concentración de contenidos, su alineación y calendarización de publicación en la plataforma digital academiacontralores.mx de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación.

CAPÍTULO PRIMERO

DE LA METODOLOGÍA DE RECEPCIÓN


  1. Los Órganos Estatales de Control (OEC) deberán enviar su solicitud mediante oficio dirigido a la titular de la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Durango (SECOTED) la solicitud de publicación de curso, diplomado y/o seminario en la plataforma digital academiacontralores.mx, el oficio podrá enviarse a través de correo electrónico, con copia al secretario técnico ante la CPCE-F. 

  2. La Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Durango, llevará a cabo la recepción de la solicitud y realizará el análisis del contenido, para verificar el cumplimiento de los requerimientos indispensables. 

  3. Si el curso, diplomado y/o seminario no cumple con alguno de los requisitos la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Durango hará las observaciones al Órgano Estatal de Control correspondiente, quién deberá realizar las correcciones necesarias para dar su continuidad a su solicitud.

  4. Una vez que el contenido del curso, diplomado y/o seminario cumpla con los requisitos indispensables la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Durango procederá a enviar la propuesta de publicación a la Coordinación Nacional de la CPCFE-F y Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para su aprobación.

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LOS REQUISITOS DEL CONTENIDO


Para la publicación de contenidos en la plataforma digital academiacontralores.mx se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
  1. Ser aprobado por la Coordinación Nacional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

  2. Estar encaminado a la certificación de competencias laborales, que aseguren la participación de los servidores públicos, por lo que tienen que estar enfocados a temas de auditoría, fiscalización, ética, control interno, innovación gubernamental, prevención de conflicto de interés y responsabilidades administrativas (procesos de investigación, substanciación y resolución de faltas administrativas no graves) debiendo estar actualizados los temas o lecciones para su publicación.

  3. Contar con un programa de estudio y estructura ordenada que indique los niveles, módulos y lecciones que lo integran, la duración o tiempo invertido por el participante para su aprobación.

  4. Contar con reconocimiento o validez oficial por parte de una institución educativa y en su caso puntaje para el cumplimiento de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC).

  5. Incluir evaluaciones o exámenes para los participantes, las cuales tendrán una calificación mínima aprobatoria, esto será una condicionante para la acreditación de la misma y para la emisión del certificado respectivo (diploma o constancia de acreditación).

  6. En el caso particular de las capacitaciones ofertadas en materia de fiscalización y auditoría, así como control interno y ética, es necesario que los contenidos de los cursos sean complementarios entre sí, guarden una secuencia lógica en diseño y permita la complementariedad de conocimientos, por lo que se sugiere que los Órganos Estatales de Control que ofrecen capacitación en la misma materia sumen esfuerzos para hacer sus aportaciones y emitir solamente un curso.

  7. Las capacitaciones (curso, diplomado y/o seminario) deberán mostrar datos del instructor o facilitador (nombre, correo electrónico y teléfono de contacto).

  8. Contar con un calendario de actividades del curso que indique las fechas en que se realizará la carga del contenido (lecciones, evaluaciones y material de apoyo), así como el periodo de pruebas y fecha de inicio y termino del mismo.