Criterios para la publicación de contenido de capacitación en la Plataforma Digital de la Comisión Permanente de Contralores Estados – Federación (CPCE-F)

INTRODUCCIÓN



Dentro del Plan Anual de Trabajo 2023 de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F), la Región Noreste participa con el grupo en materia de Fortalecimiento a la Labor Fiscalizadora y Creación de Capacidades que contempla la Línea de Acción II: Plataforma Digital de la CPCE-F academiacontralores.mx a cargo de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango, la cual busca fortalecer las capacidades de los servidores públicos que integran cada uno de los Órganos Estatales de Control y Secretaría de la Función Pública.

El principal interés es fomentar en los servidores públicos el desarrollo de capacidades, destrezas, habilidades y competencias con la finalidad de ampliar su conocimiento, así como estandarizar procesos y criterios en materia de auditoría, control interno, ética pública, fiscalización, procedimientos de responsabilidad administrativa e innovación gubernamental.

En este sentido, los Órganos Estatales de Control que oferten cursos de capacitación que deseen colaborar con la Comisión Permanente, realizados de forma particular o en coordinación con alguna Institución de educación superior u organismo de la sociedad civil, podrán solicitar la publicación de los cursos en la plataforma digital, una vez que, se cumplan los requisitos que se señalan en el presente documento.

OBJETIVO



Dar a conocer los elementos mínimos indispensables que deberán cumplir los cursos, diplomados o seminarios ofertados por los Órganos Estatales de Control (OEC), para ser aprobados por la Coordinación Nacional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F) y Secretaría de la Función Pública (SFP), para su publicación en la plataforma digital academiacontralores.mx.

CAPÍTULO PRIMERO

DE LA METODOLOGÍA DE RECEPCIÓN


  1. Los Órganos Estatales de Control (OEC) solicitarán a la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango (SECOED) la revisión y análisis de contenido de sus proyectos de capacitación para su publicación en la Plataforma Digital academiacontralores.mx.

  2. La solicitud deberá realizarse a través de oficio o correo electrónico e ir dirigida al Titular de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango (SECOED) con copia para la Coordinación Nacional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F)

  3. La revisión y análisis de los proyectos de capacitación virtual se realizará en un periodo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recepción de la solicitud.

  4. El área de informática de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango (SECOED), a través del enlace correspondiente a cada Región que integra la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F), será la encargada del seguimiento, revisión y análisis de contenido de cursos, diplomados y seminarios enviados por el Órgano Estatal de Control (OEC).

  5. Los Órganos Estatales de Control (OEC) podrán establecer comunicación vía telefónica o a través de correo electrónico con el enlace de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango (SECOED) para el seguimiento a su solicitud.

  6. La Secretaría de Contraloría del Estado de Durango hará de conocimiento al Órgano Estatal de Control sobre las observaciones encontradas en el proyecto de capacitación para su modificación, pudiendo enviar nuevamente el proyecto una vez atendidas las recomendaciones.

  7. Cuando el contenido del curso, diplomado o seminario cumpla con los requisitos indispensables, la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango enviará la propuesta de publicación a la Coordinación Nacional de la Coordinación Nacional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F) y Secretaría de la Función Pública (SFP) para su aprobación, cuyo proceso podrá realizarse en un periodo de 3 (tres) días hábiles siguientes a la recepción del mismo en la Coordinación Nacional de la (CPCE-F).

  8. La Secretaría de Contraloría del Estado de Durango notificará por medio de oficio o correo electrónico al Órgano Estatal de Control sobre la aprobación y fecha de publicación del proyecto de capacitación en la Plataforma Digital academiacontralores.mx

  9. Cualquier punto no considerado en el presente documento, podrá ser propuesto y atendido con la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango (SECOED) y Coordinación Nacional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F).

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LOS REQUISITOS DEL CONTENIDO


Para la publicación de contenidos en la plataforma digital academiacontralores.mx se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

PRIMERO.- Sobre el contenido de los cursos:

  1. Los cursos deben ser encaminados a la certificación de competencias laborales que aseguren la participación de los servidores públicos, por lo que tienen que estar enfocados a temas de auditoría, fiscalización, ética, control interno, innovación gubernamental, prevención de conflicto de interés y responsabilidades administrativas (procesos de investigación, substanciación y resolución de faltas administrativas no graves) debiendo estar actualizados los temas para su publicación.

  2. En el caso particular de las capacitaciones ofertadas en materia de fiscalización y auditoría, así como control interno y ética, es necesario que los contenidos de los cursos sean complementarios entre sí, guarden una secuencia lógica en diseño y permita la complementariedad de conocimientos, por lo que se sugiere que los Órganos Estatales de Control que ofrezcan capacitación en la misma materia sumen esfuerzos para hacer sus aportaciones y evitar duplicidad y emitir solamente un curso.

SEGUNDO.- De los requisitos técnicos:

  1. El proyecto deberá contar con un programa de estudio y estructura ordenada donde los contenidos que abarca el curso busquen desarrollar o fortalecer capacidades específicas de los servidores públicos (niveles, módulos, temas, actividades evaluaciones, etc.).

  2. Tener valor curricular, preferentemente nivel de certificación como parte de las características académicas y de validez.

  3. Incluir datos del instructor o facilitador (nombre, correo electrónico y teléfono de contacto) ya que será la persona responsable del contenido publicado, evaluaciones y dar seguimiento a las dudas que realice el usuario inscrito.

  4. Contar con evaluaciones o exámenes, los cuales tendrán una calificación mínima aprobatoria estipulada por el instructor, esto será una condicionante para la acreditación del curso y la emisión del certificado respectivo (diploma o constancia de acreditación).

TERCERO.- Del certificado de aprobación:

  1. El diseño del certificado deberá incluir los logotipos de la Secretaría de la Función Pública, Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación y Academia Contralores, así como utilizar los colores distintivos de la Comisión Permanente, lo anterior es aplicativo mas no limitativo en el diseño, pudiendo adicionar imágenes, logotipos y colores del agrado del facilitador.

  2. La inclusión de firmas electrónicas para la validación del certificado por parte de funcionarios de la Secretaría de la Función Pública, Coordinación Nacional y Coordinación Regional de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F), deberá hacerse en la misma solicitud de aprobación del proyecto de capacitación.